Una de las empresas en su declaración responsable indica que tiene un total 3 trabajadores en situación de discapacidad y 3 trabajadores en situación de exclusión social y que aporta la documentación acreditativa de las situaciones de discapacidad y que omite la correspondiente a situaciones de exclusión social por darse las circunstancias indicadas en el último párrafo del apartado 4.2 del criterio técnico 98/2016 de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo previsto en el artículo 4.2.e) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y la LOPD.
Extracto a continuación lo que dice cada una de esas referencias normativas: