- La ampliación del plazo de ejecución del contrato únicamente puede acordarse de oficio o a petición del contratista antes de la expiración del plazo de vigencia fijado en el mismo.
- La imposición de penalidades únicamente puede realizarse vigente el plazo de duración del contrato, bien durante el plazo inicial de ejecución previsto en el contrato o bien al conceder la ampliación del plazo de ejecución.