- La ampliación del plazo de ejecución del contrato únicamente puede acordarse de oficio o a petición del contratista antes de la expiración del plazo de vigencia fijado en el mismo.
- La imposición de penalidades únicamente puede realizarse vigente el plazo de duración del contrato, bien durante el plazo inicial de ejecución previsto en el contrato o bien al conceder la ampliación del plazo de ejecución.
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