Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
Subdirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El Subdirector General de Infraestructuras y Material de la Seguridad ejercerá, por delegación de las autoridades que se expresan, las siguientes atribuciones:
1. Del Secretario de Estado de Seguridad, respecto a los gastos del Servicio 02:
1.1 Siempre que su cuantía no exceda de 450.000 euros, excepto lo delegado en otras autoridades:
1.1.1 Las facultades que la legislación le confiere en materia de contratación administrativa, incluidos los negocios jurídicos y las encomiendas de gestión que puedan formalizarse al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del artículo 4.1.n), en relación con el artículo 24.6, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
1.1.2 La aprobación y compromiso de los gastos, el reconocimiento de las obligaciones que de ellos se deriven, con excepción de los créditos relativos a los subconceptos 226.01, 226.08 y 226.11, así como la propuesta de pago efectuada al Ministerio de Economía y Hacienda.
1.1.3 La concesión de ayudas y subvenciones.
1.2 Respecto de los gastos contractuales y no contractuales de cuantía superior a 450.000 euros, el ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los puntos 1.1.1 y 1.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de iniciación del expediente de contratación, adjudicación, prórroga, modificación y resolución, así como de resolución del recurso al que se refiere el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que se reservará el órgano delegante.
1.3 La remisión al Tribunal de Cuentas de la documentación relativa a los contratos celebrados con cargo a los créditos del Servicio 02, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
2. Del Subsecretario del Interior designar las comisiones de servicio con derecho a indemnización a realizar en territorio nacional, respecto del personal adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, salvo las facultades delegadas en otros órganos.
Orden INT/1680/2016, de 20 de octubre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad, se delegan determinadas atribuciones y se ratifican las efectuadas en los titulares de otros órganos del Departamento.
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.l), en relación con el 62.2.j), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Secretario de Estado de Seguridad ejercerá, en el ámbito de la Secretaría de Estado, la competencia para aprobar y comprometer los gastos y reconocer las obligaciones económicas, así como la de interesar la ordenación de los pagos correspondientes hasta el límite de 12.000.000 de euros, y sin límite en relación con los gastos que deriven de la gestión de la nómina del personal.
Segundo.
Se delegan en el Secretario de Estado de Seguridad las competencias para la aprobación y el compromiso de los gastos, y el reconocimiento de las obligaciones que de ellos se deriven, así como la de interesar la ordenación de los pagos correspondientes cuando se superen los límites establecidos en el apartado anterior.
Tercero.
Se ratifican las delegaciones de atribuciones efectuadas por el Secretario de Estado de Seguridad en relación con las competencias a las que se refieren los apartados anteriores efectuadas en la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
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