No, si una empresa presenta una oferta y en su DEUC indica que no va a proceder a realizar subcontratación alguna, no está permitido que en ejecución recurra a subcontratar recursos.
En este sentido se han pronunciado varios tribunales administrativos de recursos contractuales, como el del País Vasco o Andalucía.
Según el TARCJA, en su Resolución 360/2019, si una empresa se autolimitó indicando que no subcontrataría:
“Tal declaración es tan clara y rotunda que no admite modulación ni aclaración alguna. No resulta posible la subcontratación de la actividad no autorizada, si bien no por las razones esgrimidas en el recurso, sino porque la adjudicataria manifestó en el DEUC que no iba a subcontratar”.
“[…] hemos de concluir que no resulta posible la subcontratación de la actividad no autorizada, si bien no por las razones esgrimidas en el recurso, sino porque la adjudicataria manifestó en el DEUC que no iba a subcontratar.”
Según el informe OARC Euskadi 54/2018:
“Si al cumplimentar el DEUC el licitador declaró que cumplía la solvencia exigida sin acudir a medios externos, no puede en el momento de la acreditación de dicho requisito acudir a ellos, porque no cabe que el propuesto como adjudicatario acredite la solvencia económica y financiera de un modo distinto al que señaló en su DEUC, al ser contrario a la misma esencia de este documento, que es probar preliminarmente que, en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas, ya se satisfacían los requisitos de admisión exigibles y se estaba en disposición de acreditarlo en cualquier momento procedimental en que se le exigiese.”
lunes, 24 de febrero de 2020
¿Se permite la subcontratación si en la oferta se indicó que no se subcontrataría?
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